La nueva Ley “Antilavado” aprobada por la X Legislatura se convierte en un instrumento jurídico especializado actual que viene a fortalecer y unificar el régimen administrativo preventivo y represivo el delito de lavado de dinero u otros activos, y del financiamiento del terrorismo proveniente o vinculada a la economía criminal nacional y transnacional, apegada a estándares internacionales.
El nuevo marco legal fortalece las obligaciones de control y reporte para las entidades como “Personas Obligadas”, entre ellas bancos, aseguradoras, cooperativas, casas de empeño, inmobiliarias, comercializadoras de vehículos, notarios y otros sectores económicos. La normativa busca actualizar la legislación guatemalteca conforme a estándares internacionales y reforzar la prevención de operaciones vinculadas al lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Uno de los aspectos centrales de la Ley es la obligación de informar sobre las transacciones de alto valor. El Artículo 31 establece que las Personas Obligadas deben llevar un registro diario de toda transacción en efectivo, en moneda nacional o extranjera, igual o superior a 10 mil dólares estadounidenses o su equivalente en quetzales. Además, estas operaciones deberán ser reportadas periódicamente a la Superintendencia de Bancos a través de la Intendencia de Verificación Especial (IVE).
La normativa también amplía los mecanismos de vigilancia al requerir que las entidades monitoreen de manera permanente las operaciones de sus clientes. El Artículo 28 ordena implementar políticas, procedimientos y sistemas de monitoreo que permitan detectar oportunamente transacciones inusuales, mientras que el Artículo 29 establece que estas deberán ser examinadas para determinar si poseen una justificación económica o legal.
Cuando una operación carezca de fundamento aparente o genere sospechas razonables, la Ley obliga a reportarla. El Artículo 30 señala que las Personas Obligadas deberán informar de forma exclusiva y confidencial a la IVE sobre las transacciones sospechosas detectadas para identificar posibles esquemas de lavado de dinero antes de que los recursos sean incorporados al sistema financiero.
La aprobación de esta legislación marca un cambio importante en los controles financieros del país. Más allá de sancionar delitos, la ley establece un sistema preventivo basado en la recopilación, monitoreo y reporte de información relevante, colocando sobre las entidades económicas la responsabilidad de alertar a las autoridades sobre movimientos voluminosos, inusuales o sospechosos que puedan presentar riesgos para la transparencia financiera de Guatemala.
